Consejo de Ministros
Jorge Fernández Díaz ha subrayado que el objetivo de la norma aprobada hoy es favorecer el restablecimiento de los servicios y la reparación de los daños ocasionados
El Consejo de Ministros ha aprobado, hoy viernes, el Real Decreto-Ley de ayudas para reparar los daños causado por el temporal en la Comunidad Autónoma de Canarias y en el Este y Sur Peninsular en septiembre y octubre de 2015.
Dada la proximidad de los siniestros, aún no se han podido cuantificar de manera definitiva los daños producidos. Por ello, al igual que anteriores situaciones similares, una vez que se efectúe dicha valoración, el Gobierno determinará la cuantía de los créditos que se dotarán para atender la reparación de los citados daños.
El objetivo de la norma aprobada hoy es favorecer el restablecimiento de los servicios y la reparación de los daños ocasionados, mediante un régimen de ayudas específicas. En este sentido, las medidas recogidas en el Real Decreto-Ley se extienden a las personas y bienes afectados por el temporal de octubre en Canarias, así como por los temporales de septiembre y octubre en las provincias de Almería, Granada, Málaga, Sevilla, Murcia, Alicante, Valencia, Girona y Tarragona.
Además, el Gobierno ha querido actuar con previsión y, por este motivo, podrá declarar, mediante Real Decreto, la aplicación de las medidas previstas en este Real Decreto-Ley a otras situaciones de emergencia que hayan acaecido o puedan acaecer en cualquier Comunidad Autónoma desde su entrada en vigor hasta el 9 de enero de 2016.
Respecto a los daños ocasionados, cabe señalar que su cuantificación es provisional. Se han visto afectados por las precipitaciones infraestructuras de titularidad pública estatal, como carreteras de la red secundaria y el dominio público marítimo-terrestre e hidráulico; infraestructuras de titularidad municipal –fundamentalmente, red de alcantarillado-; y viviendas, garajes e instalaciones comerciales e industriales de titularidad privada.
En cuanto a la Comunidad Autónoma de Canarias, los bienes de titularidad pública estatal corresponden a daños en los puertos de Santa Cruz de Tenerife, Santa Cruz de La Palma y Las Palmas; y en las playas de Las Palmas.
Respecto a los bienes de titularidad pública estatal del Este y Sur peninsular, se han producido daños en el dominio público hidráulico, en las cuencas del Júcar y del Segura; y en el dominio público marítimo terrestre, en las playas de Murcia, Alicante y Girona. Asimismo, se han producido daños en carreteras de Granada, Almería y Alicante; en los puertos de Motril y Tarragona; en los aeropuertos de Málaga y Almería; y en Renfe. Por otra parte, en cuanto a los bienes de titularidad municipal, en Almería se habrían producido daños en edificios municipales e infraestructuras viarias. También en Málaga y Granada.
Ayudas directas del Ministerio del Interior
Las ayudas económicas directas previstas por el Ministerio del Interior son de dos tipos:
- Ayudas por daños personales, por daños materiales en vivienda y enseres, en explotaciones agrarias, establecimientos industriales, mercantiles, marítimo-pesqueros, turísticos y de otros servicios.
- Ayudas a las personas físicas o jurídicas que hayan realizado prestaciones personales y de bienes, y a las Corporaciones Locales por los gastos causados para hacer frente a estas situaciones de emergencia.
Estas ayudas se rigen por lo dispuesto en el Real Decreto 307/2005, de 18 de marzo, por el que se determinan subvenciones en atención a determinadas necesidades derivadas de situaciones de emergencia o de naturaleza catastrófica, aunque se flexibilizan los requisitos exigidos en dicho Real Decreto, en los siguientes sentidos:
- Se amplía de uno a dos meses el plazo para presentar las solicitudes para cualquiera de estas ayudas.
- Se reduce de seis a tres meses el plazo de resolución.
Todas estas ayudas se abonarán con cargo a los créditos dotados, con carácter de ampliables, en el vigente Presupuesto de este Ministerio (Dirección General de Protección Civil y Emergencias).
Además de las ayudas económicas directas atribuidas a la competencia del Ministerio del Interior, a través de la Dirección General de Protección Civil y Emergencias, el Real Decreto-Ley contempla otras medidas de muy diversa índole, laboral y fiscal, que competen a otros Ministerios.